Noticiero Digital Nº 1145

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3 Comentarios

  1. 1

    Humberto Arteaga

    Con relación a lo descrito mi comentario es el siguiente:
    ONGEI a lo largo de su existencia no supo aprovechar el lugar estratégico que tuvo dentro de PCM, es por ello que no tuvo avances sustanciales en TIC, permitiendo que el aspecto político impere sobre el desarrollo de las tecnologías.

    Lo que si me preocupa es que, el DS. Nº 043-2006-PCM (Aprueba lineamientos para elaborar el ROF), no se haya dejado sin efecto o no se haya modificado en la parte referida a TIC.
    Este Decreto Supremo, pone a las Jefaturas TIC por debajo de Administración en vez de subirlo como apoyo al más alto nivel Jerárquico de una entidad. Al parecer quien asesora al Gobierno en TIC no se ha percatado, de la importancia que representa las Tecnologías en la Estrategia Nacional, el cual no solo es equipo, sino software, procedimientos, técnicas, integración, etc.
    Por ello es inconcebible que se mantenga este Decreto Supremo que dispone que esta área este debajo de la Administración (Excepto algunas entidades con autonomía privada que si lo han ubicado a nivel de linea), impidiendo un aporte directo en la modernización e integración Institucional.
    En tanto las entidades no se integren, el estado seguirá generando mas costos, mas corrupción y mas desorden.

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    1. 1.1

      Fernando

      no sería correcto ponerlo como órgano de alta dirección ya que estas dan las políticas para conseguir los fines de la Entidad.
      Ni como órgano de línea, ya que estas dan apoyo a la institución. Las oficinas TIC dan soporte a la Administración Interna y es por eso que se encuentra como órgano de apoyo. No podría ser de línea ya que estos Órganos y sus Unidades Orgánicas son las áreas misionales de la entidad, aquellas que para el sector privado se encargan del negocio. Los órganos de línea son aquellas que entran en contacto con el administrado (con el cliente en el sector privado). Solo si la misión de la Entidad esta referido a TICs, podría haber un órgano de línea en ese sentido (entendiendo que ese es el negocio), para lo cual debera estar definido dentro de las funciones de la Ley de creación e la entidad. Ponerlo como línea si no esta en las funciones generales de la entidad, no sería correcto.

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      1. 1.1.1

        VCASTA

        la respuesta que emite al ing. Arteaga es para un Estado premoderno. No podremos avanzar como nación con un Estado que busca ir hacia la modernidad con leyes y normas autárquicas weberianas. Hoy en día la tecnología actúa de cara y en forma directa al ciudadano y lo puede hacer omnipresente en todo el territorio nacional. Decir que no puede ser de linea, es no reconocer que el funcionario y servidor publico del futuro sera un menware u hombre cibernético que trabaje para el Estado desde la casa, desde la calle desde donde sea al servicio de su Estado con un alto conocimiento de la tecnología. Tal vez ese servidor publico hoy tenga 2 o 3 años, pero para ellos hay que empezar a cambiar todo señor.!

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