Teniendo de por medio sentencias del Poder Judicial, nos abstenemos opinar del lado de quién está la razón legal. Tampoco quién actúa con dudosa escala de valores, pues queda claro que quien debe velar por el bienestar de los padres, cuando estos ya son ancianos, son los hijos. Una empresa privada con fines de lucro, difícilmente se constituye para ello. Ojalá el Sr. que originó este problema sepa como compensar a su familia, y ojalá se norme la obligatoriedad de notarizar la figura del aval en los pagarés, sobre todo en casos como el sucedido.