Noticiero Digital Nº 1142

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GMT-5 04:56

Un Comentario

  1. 1

    Fernando Grados

    De acuerdo a la ley peruana de tributación, si das un servicio en Perú a un cliente en el extranjero, no cobras IGV. Si podrías pagar renta si los montos son grandes. En cuanto al tipo de moneda de pago es indiferente.

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