Ayer Martes 28 de Febrero se publicó en El Peruano el DS. N° 022-2017 PCM que aprueba el nuevo ROF de la PCM. Entre los considerando es importante resaltar el peso que se le asigna a las recomendaciones del Estudio de Gobernanza Política, correspondiente al Capítulo VI del Programa País, formulado por la OCDE. Se lee textualmente lo siguientes considerandos: Que, la OCDE a través del Estudio de Gobernanza Pública, elaborado en el marco del Programa País, hace recomendaciones respecto al diseño institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad de apoyar al Presidente del Consejo de Ministros en el cumplimiento de sus funciones sustantivas y así mejorar su capacidad para coordinar las políticas nacionales y establecer una mayor articulación y presencia en el territorio.
La Secretaria Nacional de Gobierno Digital
(americasistemas.com.pe. Lima, Perú – 01 de marzo 2017) Que, asimismo el mencionado estudio señala que la diversidad de funciones asignadas a la Presidencia del Consejo de Ministros representa una limitación para atender temas vinculados a las funciones sustantivas de la entidad, tales como la coordinación de políticas nacionales, la dirección y seguimiento del proceso de descentralización, la conducción de la modernización del Estado, entre otras; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones para modificar las funciones y estructura de la Presidencia del Consejo de Ministros; incorporando en el diseño institucional las recomendaciones del Estudio de Gobernanza Pública, con la finalidad de fortalecer la función pública y gobernanza territorial en el marco de las competencias que le otorgan la Constitución Política del Perú, la LOPE y las demás normas sustantivas que regulan su funcionamiento; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la administración pública; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros
La semana antepasada mediante Decreto Supremo, la PCM se deshizo de varias comisiones, cual alpinista que se libera de carga prescindible según asciende. Es entendible dicha sensación en el staff de asesores del Ministro Zavala, sobre todo si uno se entera de la naturaleza de muchas de las 16 comisiones que hasta hace poco eran presididas por la PCM. Las hay de todo tipo:
- COMISIÓN BIPARTITA DE TRANSFERENCIA DE FUNCIONES A LA MUNICIPALIDAD DE LIMA METROPOLITANA DENTRO DEL MARCO DE LA TRANSFERENCIA A LOS GOBIERNOS REGIONALES
- COMISIÓN CALIFICADORA DE MERECIMIENTOS DE PENSIONES DE GRACIA
- COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL CREADA POR LEY N° 29293, LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERES NACIONAL LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS PARA LOGRAR EL DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE Y LA REUBICACIÓN DE LA CIUDAD DE CERRO DE PASCO
- COMISIÓN MULTISECTORIAL DE NATURALEZA PERMANENTE PARA EL SEGUIMIENTO DEL “PLAN DE MEJORAMIENTO DE CAPACIDADES BÁSICAS DE LA VIGILANCIA Y LA RESPUESTA EN EL PAÍS INCLUYENDO LOS PUNTOS DE ENTRADA, EN EL MARCO DE PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL REGLAMENTO SANITARIO INTERNACIONAL (2005)”
- COMISIÓN MULTISECTORIAL ENCARGADA DE COORDINAR, PROMOVER Y ORIENTAR ADECUADAMENTE LA PARTICIPACIÓN DEL PERÚ EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL “PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA REGIONAL DE AMÉRICA DEL SUR” (IIRSA)
- COMISIÓN MULTISECTORIAL DE NATURALEZA TEMPORAL, ENCARGADA DE FORMULAR LA AGENDA DE CONMEMORACIÓN DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ
Como vemos hay Comisiones Multisectioriales para todos los gustos y antojos, ya sea inclusive aquellos que están bajo la mira de la Fiscalía Pública por las delaciones de Lava Jato, léase IIRSA. Lo lamentable es que una comisión como la CODESI puede simplemente desaparecer luego de su paso al MTC, dónde se espera que el nuevo Vice Ministerio de TIC´s asuma la presidencia de la misma.
- COMISIÓN MULTISECTORIAL PERMANENTE ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL “PLAN DE DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN EN EL PERÚ – LA AGENDA DIGITAL PERUANA 2.0” – CODESI
La OCDE recomienda fortalecer los mecanismos de coordinación –CCOI, CCONI, CODESI- desarrollados por la ONGEI-PCM, que reúne a representantes del sector privado, sector público, academia y sociedad civil, dotándolos de los recursos necesarios para asegurar su funcionamiento apropiado y eficiente a nivel nacional. Sucederá esto realmente dentro de un nuevo ViceMinisterio de TIC´s dónde es claro que su principal responsabilidad será reducir la enorme brecha de conectividad que tenemos; y que a pesar de los proyectos adjudicados de la Red Dorsal de Fibra Óptica, es aún enorme.
Pero qué hay de nuevo en este ROF aprobado ayer con respecto a las TIC´s. Pues muchas novedades, las resumimos en esta edición y las analizaremos en las siguientes:
- Se crea el Viceministerio de Gobernanza Territorial a nivel de Alta Dirección.
- Se crean 3 Subsecretarías dentro de la Secretaria de Gestión Pública: Administración Pública, Simplificación y Análisis Regulatorio y Calidad de Atención al ciudadano.
- Se crea al Secretaria de Gobierno Digital, con dos subsecretarías: Tecnologías Digitales y Transformación Digital.
- Se crean 3 subsecretarías en la Secretaría de Descentralización: Desarrollo Territorial, Articulación Regional y Local y la subsecretaría de Fortalecimiento de la Descentralización.
- Se crea la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial con 2 subsecretarías: Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial y la de Información Territorial.
Se crean además 3 subsecretarías para la Secretaría de Gestión Social y Diálogo.
En buena cuenta, la PCM se concentra en el desarrollo del país a través de la gestión de su territorio y la pertinencia de las políticas públicas según la parte del mismo. Y para facilitar este enfoque se deshace de varias Comisiones Multisectoriales, entre ellas la CODESI, dejando la presidencia de la misma, seguramente al por nacer ViceMinisterio de Comunicaciones y Tecnologías de la Información. Gran reto de coordinación interinstitucional, fortalecido por este nuevo ROF de la PCM y el que viene a continuación del MTC.
3 Comentarios
Humberto Arteaga
Con relación a lo descrito mi comentario es el siguiente:
ONGEI a lo largo de su existencia no supo aprovechar el lugar estratégico que tuvo dentro de PCM, es por ello que no tuvo avances sustanciales en TIC, permitiendo que el aspecto político impere sobre el desarrollo de las tecnologías.
Lo que si me preocupa es que, el DS. Nº 043-2006-PCM (Aprueba lineamientos para elaborar el ROF), no se haya dejado sin efecto o no se haya modificado en la parte referida a TIC.
Este Decreto Supremo, pone a las Jefaturas TIC por debajo de Administración en vez de subirlo como apoyo al más alto nivel Jerárquico de una entidad. Al parecer quien asesora al Gobierno en TIC no se ha percatado, de la importancia que representa las Tecnologías en la Estrategia Nacional, el cual no solo es equipo, sino software, procedimientos, técnicas, integración, etc.
Por ello es inconcebible que se mantenga este Decreto Supremo que dispone que esta área este debajo de la Administración (Excepto algunas entidades con autonomía privada que si lo han ubicado a nivel de linea), impidiendo un aporte directo en la modernización e integración Institucional.
En tanto las entidades no se integren, el estado seguirá generando mas costos, mas corrupción y mas desorden.
Fernando
no sería correcto ponerlo como órgano de alta dirección ya que estas dan las políticas para conseguir los fines de la Entidad.
Ni como órgano de línea, ya que estas dan apoyo a la institución. Las oficinas TIC dan soporte a la Administración Interna y es por eso que se encuentra como órgano de apoyo. No podría ser de línea ya que estos Órganos y sus Unidades Orgánicas son las áreas misionales de la entidad, aquellas que para el sector privado se encargan del negocio. Los órganos de línea son aquellas que entran en contacto con el administrado (con el cliente en el sector privado). Solo si la misión de la Entidad esta referido a TICs, podría haber un órgano de línea en ese sentido (entendiendo que ese es el negocio), para lo cual debera estar definido dentro de las funciones de la Ley de creación e la entidad. Ponerlo como línea si no esta en las funciones generales de la entidad, no sería correcto.
VCASTA
la respuesta que emite al ing. Arteaga es para un Estado premoderno. No podremos avanzar como nación con un Estado que busca ir hacia la modernidad con leyes y normas autárquicas weberianas. Hoy en día la tecnología actúa de cara y en forma directa al ciudadano y lo puede hacer omnipresente en todo el territorio nacional. Decir que no puede ser de linea, es no reconocer que el funcionario y servidor publico del futuro sera un menware u hombre cibernético que trabaje para el Estado desde la casa, desde la calle desde donde sea al servicio de su Estado con un alto conocimiento de la tecnología. Tal vez ese servidor publico hoy tenga 2 o 3 años, pero para ellos hay que empezar a cambiar todo señor.!